Convocadas las subvenciones destinadas a financiar avales de SAECA para la compra de maquinaria agrícola
29 DE Abril DE 2021 | Madrid
- La convocatoria está dotada con tres millones de euros y el plazo para presentar solicitudes finaliza el 1 de septiembre
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria para solicitar las subvenciones para financiar avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, SME (SAECA), para la compra de maquinaria agrícola, con una dotación de tres millones de euros.
El BOE recoge el extracto de la convocatoria de las subvenciones establecidas en el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, destinadas a la obtención de avales de SAECA, por los titulares de explotaciones agrarias o empresas de servicios agrarios que garanticen préstamos para la adquisición de maquinaria agrícola nueva.
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día 30 de abril y finalizará el 1 de septiembre de 2021.
El presupuesto de la convocatoria es de tres millones de euros, que generará un efecto multiplicador de hasta 50 millones, y se destinará a promover la renovación del parque de maquinaria agrícola mediante la mejora del acceso al crédito ligado a la adquisición de maquinaria nueva. De esta manera, se contribuye a la reducción de los costes de producción, a la mejora de las condiciones de seguridad en el trabajo y a la incorporación de las mejores prácticas agrarias desde el punto de vista medioambiental.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación subvencionará el coste del aval a créditos destinados a la compra de maquinaria por un importe de hasta 100.000 euros, durante los 10 primeros años del crédito avalado, con la posibilidad de un año de carencia. Los costes del aval subvencionado corresponden a la comisión del aval (1,15 % del saldo vivo del crédito durante todos los años de su vigencia) y el correspondiente a la comisión de estudio (0,5 % del importe solicitado, que se paga una sola vez al inicio del crédito).
La maquinaria adquirida deberá estar incluida en el grupo de máquinas de obligatoria inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola. Entre otras máquinas se incluyen tractores, remolques agrícolas, cisternas para el transporte y distribución de líquidos, equipos de tratamientos fitosanitarios o de distribución de fertilizantes, remolcados o suspendidos, esparcidores de purines y accesorios de distribución localizada de purines.